Tutoría Virtual No. 6 - Legislación Empresarial - Grupo BN1 - I2026
By Derecho en Contexto
Summary
Topics Covered
- Notebook LM: la IA que democratiza el acceso al conocimiento tributario
- La IA es una herramienta de aprendizaje, no un sustituto del pensamiento
- El salario integral requiere 13 salarios mínimos, no cualquier monto
- Solo el 40% de las comisiones se usa para calcular aportes a seguridad social
Full Transcript
Buenas noches, Lady, María, Fernanda, Natalia Sergio Silvia Jaie ¿me escuchan?
¿Cómo está?
Sí, señor. Buenas tardes, profe.
Bueno, muy bien. Muchas gracias. Buenas
tardes a todos. Bienvenidos a esta nueva sesión de eh nuestra materia de legislación empresarial.
Vamos a recordar eh varias cositas que habíamos quedado en la tutoría pasada.
Eh, estábamos hablando todavía sobre derecho laboral y quedamos en unos temas que eh la idea
era poder solucionarlas el día de hoy.
Eh, sé que hay unas dudas eh frente al tema de el producto número cuatro. No sé
si les parece y dialogamos primero frente a ese producto para que ustedes tengan eh digamos que la noción de cómo entregar ese producto. Creo que el vencimiento es el día de hoy, si no estoy mal. Y de allí
estoy mal. Y de allí Sí sí señor.
Y de allí pues pasar a a terminar el tema. Yo les había dicho la tutoría
tema. Yo les había dicho la tutoría pasada que iniciáramos con con el tema de con el tema de de que de terminar la
parte que nos falta de derecho laboral, pero por aquí veo una pregunta en el foro, comunquémonos de Sergio, eh, que me la hizo ayer. Quise aprovechar para
precisamente eh aclarar aquí en el foro, aquí en la tutoría, perdón, eh esa pregunta del foro para que todos les quedara un poco más claro. de producto
no es muy complejo, eh, y les dio una ayuda muy grande como fue el tema de la IA. Vamos a empezar a compartir aquí
IA. Vamos a empezar a compartir aquí pantalla para que me entiendan cómo vamos a hacer el tema.
A ver.
Bueno, muy bien. Entonces,
entonces voy a empezar por compartir aquí el tema de la plataforma y vamos a irnos rápidamente donde ustedes tienen destinado el producto número cuatro eh
frente al tema de lo que hay que hacer en ese en ese producto número cuatro. eh
se les dice o se les dan dos puntos para que realicemos de manera adecuada este producto. Es decir,
producto. Es decir, vamos a realizar dos actividades con dos archivos diferentes. Agrandar aquí un
archivos diferentes. Agrandar aquí un poquito, dos archivos diferentes y el primero de ellos se llama el archivo impuestos en Colombia. Impuestos en
Colombia. Muy sencillo eh realmente en el tema o en el apartado de que hay que eh tener en cuenta este de archivos en Colombia, que hay que tener en perdón,
impuestos en Colombia, que en este impuestos por Colombia eh hay que diligenciar y es eh a manera descriptiva
un eh cuadro similar o si se quiere el mismo cuadro que se les está indicando aquí en las en las instrucciones del producto. Si a bien lo tienen, pueden
producto. Si a bien lo tienen, pueden realizar el mismo o si no pueden realizar uno nuevo. No hay ningún inconveniente. Lo importante es que
inconveniente. Lo importante es que tengan en cuenta e identifiquen los productos que los impuestos que van a
aplicarles en relación con eh el modelo de negocio que hayan escogido.
¿Listo? Eh, hay que identificar primero dos tipos de impuestos, los impuestos nacionales y los impuestos departamentales o locales. Pueden ser
los departamentales municipales o los impuestos nacionales. En virtud de ello,
impuestos nacionales. En virtud de ello, en virtud de ello, yo les había dejado aquí en esa misma unidad número dos una ayuda que fue el tema del chatbot, el IA. Y aquí están los dos archivos que
IA. Y aquí están los dos archivos que hay que diligenciar.
está el de impuestos Colombia, el de impuestos en Colombia, que es el que le digo que que hay que hacer un cuadro. Si
quieren ese mismo o uno muy similar, lo importante es identificar qué tipos de impuestos son los que le aplican. Y el
otro es este de planeación tributaria.
Ay, discúlpeme, pero es que no tengo, estoy desde el portátil en el día de hoy, entonces me queda un poquito complicado eh de marcarles a campo, pero
bueno, el tema de planeación tributaria, que es un archivo Excel, ya les explico qué hay que hacer con ello. Y como les
indiqué, aquí les dejé un chatbot, una IA entrenada específicamente, específicamente con temas tributarios de Colombia.
Vamos a cuando o mejor cuando ustedes ingresen a esa a esa les va a aparecer algo así.
Entonces así es como les va a aparecer.
Eh, les da una bienvenida. Vamos a
agrandar aquí un poquito.
Les va a aparecer una una bienvenida y en la parte de abajo van a poder eh empezar a iterar con la inteligencia artificial. En esta inteligencia
artificial. En esta inteligencia artificial debo decirles no está descrito o no es una inteligencia artificial general, es decir, no van a tener eh allí acceso a información, a
cualquier tipo de información, el cumpleaños de Chaquira, el cumpleaños de Juanes, que qué pasó en la casa de los famosos, nada de esas cosas. Lo que van
a poder acceder aquí es únicamente a información tributaria, las fuentes con la que está entrenada esta es únicamente fuentes tributarias.
Entonces, de allí que ustedes pueden plantearle, les ayude a identificar varias cosas o varios tipos de impuestos. Por ejemplo, si yo le
impuestos. Por ejemplo, si yo le pregunto, eh, dime qué tipos de impuestos nacionales
existen en Colombia.
Vamos a ver qué me va a decir la ella.
Ya pues va a empezar a a pensar y me va y me va a dar la respuesta en breve y en relación con lo que le estoy preguntando, con las fuentes que se le precargaron, pues ahí hay unas eh
elementos de los que se les dejaron a ustedes en los materiales del guion de aprendizaje en esta unidad. En esos
materiales de guion de aprendizaje, muchos de ellos están incorporados en esta guía. Sí. Entonces, pues
esta guía. Sí. Entonces, pues
evidentemente les va a ayudar a identificar y a entender este tema este tema bastante bastante rápido. ¿Cuál es
la cuál es la situación sobre la IA? Y
les digo de una vez, por favor, lo importante es iterar, ir preguntando, preguntando, preguntando. Permítame en
preguntando, preguntando. Permítame en un segundo, por favor.
Bueno, entonces les decía que en esta en esta área lo importante es iterar. Ierar
es preguntar, preguntar, preguntar, preguntar, volver a preguntar. En
relación con la pregunta que le acabé de decir, de señalar, que cuáles impuestos nacionales habían, me dio unas respuestas el impuesto a la renta y complementario. Ahí me explica qué es
complementario. Ahí me explica qué es qué es impuesto y qué es lo que aplica de manera rápida, muy resumida. El
impuesto sobre las ventas IVA, el impuesto al patrimonio, impuesto nacional al consumo, impuesto unificado o régimen simple de tributación.
Muy importante, muy importante que identifiquen el régimen simple, por favor, que aprendan qué es eso del simple, qué es eso del régimen simple.
Es importante que revisen qué significa eso del régimen simple. Es importante
que lo investiguen, por eso les estoy indicando qué tipos de impuestos nacionales hay. El gram grabamen a los
nacionales hay. El gram grabamen a los movimientos financieros o el o el famoso 4 por 1000.
Ahí es importante que tengan en cuenta, por ejemplo, que cuándo aplica y a quiénes aplican. No aplica a todo el
quiénes aplican. No aplica a todo el mundo, aplica a ciertos movimientos financieros, no a todas las operaciones, a todas las operaciones que se realizan
a través de las del sistema financiero de Colombia. Eh, otro de los impuestos
de Colombia. Eh, otro de los impuestos es el impuesto a la gasolina y a la CPM.
No va a aplicar a todas los modelos de negocio que ustedes van a muy seguramente a estudiar.
Pero es importante que lo sepan. El
impuesto al carbono, el impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso, el impuesto a las bebidas y productos comestibles ultraprocesados, etcétera, etcétera. Y aquí me dice,
etcétera, etcétera. Y aquí me dice, oiga, en relación con la emergencia económica, creó de manera transitoria para el año 2026 los siguientes impuestos. ¿Cuál emergencia económica?
impuestos. ¿Cuál emergencia económica?
¿Recuerdan cuál emergencia económica está vigente hoy en día todavía?
Lo que pasó en Montería, ¿correcto? Sí. Lo que pasó lo que pasó
¿correcto? Sí. Lo que pasó lo que pasó por allá en en el en la costa atlántica, en la costa o en la costa norte de Colombia, en Córdoba, en el departamento de Córdoba, en el departamento del
César, que por el tema de las lluvias, ¿cierto?, hubo la necesidad de decretar
¿cierto?, hubo la necesidad de decretar un estado de excepción de los que trata la Constitución de Colombia, que se llama el estado de emergencia económica, social y ambiental. Esa emergencia fue
decretada mediante este decreto que estoy señalando aquí en pantalla y ese decreto a su vez es la base para otros
decretos con los cuales el presidente de la República puede eh imponer impuestos de manera transitoria.
Esos impuestos de manera transitoria están señalados aquí. el impuesto
complementario de normalización tributaria y el impuesto especial para la estabilidad fiscal. Aquí están
señalados para que ustedes los tengan en cuenta. Y eso fue lo que yo le pregunté.
cuenta. Y eso fue lo que yo le pregunté.
Sí, profe, una preguntica. Ese esos
impuestos aplican es para grandes contribuyentes en ese en ese orden de ideas.
No necesariamente todos aplican para grandes contribuyentes. Tienen que
grandes contribuyentes. Tienen que revisar e iterar. Sí.
Este, dependiendo estos impuestos de la emergencia económica tienen una especificidad, es decir, como bien lo dices, no es que apliquen para todo mundo. Si estás dentro de un grupo de
mundo. Si estás dentro de un grupo de empresas o que se dediquen a ciertas actividades económicas y tengas un volumen o unas unas condiciones específicas, te aplicará, si no no.
Entonces yo les aconsejo que revisen, pero normalmente cuando son pequeñas empresas que son las famosas mi pymes, no les aplican este tipo de impuestos, pero es importante ustedes que sepan que
existen. Sí, por eso les digo que la es
existen. Sí, por eso les digo que la es una ayuda muy importante, existen hoy en día para que ustedes los tengan en cuenta.
Y yo puedo seguir iterando. Te voy a preguntar ahora la dime que impuestos locales
y entre paréntesis coloco municipales y o departamentales existen en Colombia.
Esa es una de las formas en que empiezo a iterar con la IA.
Ahora, ahorita va a revisar la IA dentro de sus fuentes y me va a hacer el resumen de los tipos de impuestos que existen en Colombia, que sean de de
corte local o municipal, de corte municipal o departamental, perdón. De
allí me sirve de base para decir, "Oiga, existen estos impuestos nacionales y estos impuestos locales. Vamos a revisar ahora cuáles son los que me aplican a
mí." Eso es lo que eso es lo que se
mí." Eso es lo que eso es lo que se quiere con este ejercicio en en relación con respuesta a la que estoy o lo que le estoy preguntando a la
a la a la IA, ¿cierto?
Me señala que existen impuestos de industria y comercio, el ICA, ¿cierto?
El impuesto complementario de avisos y tableros y sobretasa bomberil, el impuesto predial unificado y sus sobretasas. el impuesto de vehículos, el
sobretasas. el impuesto de vehículos, el impuesto de huello de de ganado menor, si es que me aplicara, y estampillas municipales. Entonces, es para que
municipales. Entonces, es para que ustedes tengan en cuenta que existen eses tipos de impuestos. Y ahora
identificados los impuestos de manera general, los nacionales y los locales, ahora lo que tengo que preguntarle, por ejemplo, a la IA es ir iterando y
conectando, ¿cierto?, la información que
conectando, ¿cierto?, la información que me dio con lo que yo estoy requiriendo.
Por ejemplo, digamos que yo tengo un criadero de pollos, de pollos orgánicos, criollos, criollos que llama la gente o que son criados, que son levantados de
manera orgánica. Entonces digo, eh,
manera orgánica. Entonces digo, eh, tengo una empresa, ¿cierto? Porque la
idea es que sea una empresa, una empresa, ustedes ya vieron lo del tema de tipos societarios, eh llamada
Hoyos criollos criollos Santa Fe, eh SAS, así se llama mi empresa. Sí.
El en el año 2025 tuve ventas anuales. Todo esto es hipotético porque lo puedo hacer hipotético.
Yo lo estoy haciendo hipotético aquí.
Ustedes lo necesariamente lo van a hacer hipotético algunos o no sé si alguno tendrá información ya relevante de alguna empresa. Y ahorita ya les hago un
alguna empresa. Y ahorita ya les hago un comentario. En el año 2025 tuve ventas
comentario. En el año 2025 tuve ventas anuales por valor valor de 500 millones de pesos.
¿Qué impuestos nacionales, nacionales y municipales me aplican?
Ah, bueno, se me olvidó decirle, tengo domicilio, domicilio en la ciudad de Bucaramanga.
Manga Bucaramanga.
Tengo cinco empleados.
empleados. Eh,
el patrimonio, puedo decirle, de mi empresa es de 250 millones de pesos,
¿cierto? Todo eso es hipotético, todo
¿cierto? Todo eso es hipotético, todo eso le puedo ir preguntando y como ya le ya le ya le había hecho anteriormente la pregunta y esa es información complementaria, ella va a organizar pues lo que yo le estoy
preguntando. Le dije, "Oiga, tengo mi
preguntando. Le dije, "Oiga, tengo mi empresa Pollos Criollos, Santa Fe, SAS y en el año 2025 tuve ventas anuales por 500 millones. ¿Qué impuestos nacionales
500 millones. ¿Qué impuestos nacionales y municipales me aplican? Tengo
domicilio en la ciudad de Bucaramanga.
Tengo cinco empleados. El patrimonio de empresa es de 250 millones de pesos.
Entonces ahí empiezo a iterar qué tipo de qué tipo de estoy realizando, porque la idea es que
se pueda eh verificar verificar y poder ordenar e identificar cuáles son los impuestos que me aplican. Para el
ejemplo que estoy eh preguntándole aquí a la IA. La IA me está diciendo, me hace el resumen de la empresa y me dice que las impuestos y obligaciones de carácter nacional me aplica el impuesto a la
renta, el impuesto a la al a la al IVA, pero me dice, "Oiga, tenga cuidado y revise si sus productos, el producto de
su venta eh eh de su actividad comercial está exento o no está exento de IVA." Ahorita ya le
puedo preguntar con más especificidad de retención en la fuente y y soy responsable de reportar información exógena. Exógena. ¿Qué es eso de la
exógena. Exógena. ¿Qué es eso de la información exógena? Pues pregúntenle a
información exógena? Pues pregúntenle a la IA. Nómina y facturación electrónica.
la IA. Nómina y facturación electrónica.
Eh, ¿qué más?
También eh a mí dice aquí algo sobre el tema del impuesto al patrimonio en relación con lo que habíamos señalado, es decir, con la declaratoria de emergencia económica, social y
ambiental. Entonces, hay que tener en
ambiental. Entonces, hay que tener en cuenta este tema. los impuestos de carácter municipal, el ICA, retención y
autorretención del ICA, pero aquí me da un una luz, un análisis de acuerdo a mi situación que le acaba de reportar a la ida y me dice, "Oiga, ¿usted por qué no
hace esto? ¿Por qué no la alternativa
hace esto? ¿Por qué no la alternativa más viable para su empresa es acogerse al régimen simple de tributación?" ¿Por
qué? Entonces ahí me vas a decir, ¿por qué? ¿Por qué es mejor el régimen simple
qué? ¿Por qué es mejor el régimen simple que el régimen ordinario? Sí, también le puede preguntar, ¿me voy a acoger?
Digamos, digamos que me acojo o que me o que que para el año
2026 me acogí al régimen al régimen simple de tributación, así se llama, régimen
simple de tributación para el año 2026. en qué fechas y qué impuestos
debo cancelar con la información suministrada.
Entonces ahí lo que hago es preguntarle a la oiga, recuerde lo que yo ya le he escrito atrás, porque si yo voy hacia arriba voy a poder revisar que todo lo que le he preguntado está. Entonces,
ella va a recordar todo eso. La hija va a recordar todo eso y me va a dar información de lo que yo le estoy preguntando. Oiga, me acogí al régimen
preguntando. Oiga, me acogí al régimen simple para las 2026. Eh, ¿en qué fechas y qué impuestos debo cancelar con la información suministrada? Entonces,
información suministrada? Entonces, miren ustedes, les estoy diciendo aquí en la primera parte del producto número cuatro, oiga, primero tienen que identificar el
número. Número uno, diligenciar el
número. Número uno, diligenciar el archivo impuestos en Colombia. Ya les
digo, harán una descripción de su empresa con nombre, NIT hipotético, domicilio, clase de sociedad, capital y actividades económicas que van a desarrollar. Revisarán impuesto por
desarrollar. Revisarán impuesto por impuesto y con base en el estatuto tributario. Lo que pasa es que aquí está
tributario. Lo que pasa es que aquí está señalado el estatuto tributario que tiene como artículos. No es la idea ponerlos ustedes a leer, no están estudiando para ser contadores, pero sí para que ustedes como futuros
empresarios y tecnólogos empresariales sepan identificar y cómo se llama y el tema de este producto que se llama planificación tributaria, cómo planificar el pago de esos tributos.
Entonces, en este apartado dice que definirán cuáles sí, o sea, qué impuestos sí y cuáles no aplican de esos impuestos para mi ejemplo de mi empresa
que estoy analizando. ¿Listo? Y dice, "Y si hace falta alguno, lo incluyo o lo incluirán en el formato. Y si sobra alguno, lo excluirán del formato." ¿Cuál
es el formato? El formato es esta misma tabla que está aquí abajo. Lo que les digo, si quieren pueden utilizar ese, si quieren pueden utilizar otro, no hay ningún problema. Esa es la primera
ningún problema. Esa es la primera parte. Ya con la información
parte. Ya con la información identificados los impuestos, ahora me toca hacer el paso número dos, que es diligenciar el formato planeación
tributaria que está disponible en el aula, se señala ahí. Si yo le doy clic ahí en planificación tributaria, va a poder descargar ese archivo. Vamos a
descargarlo y les muestro.
En ese archivo lo que voy a poder hacer es eh entrar a definir entrar a definir
qué impuestos debo pagar y sobre todo cuándo. Entonces aquí en el Excel tengo
cuándo. Entonces aquí en el Excel tengo que identificar en cada una de las celdas en relación como por ejemplo el renta en complementarios. ¿Cuándo tengo
que pagarlo? Aquí arriba dice enero del 2025, febrero del 2025, marzo, ¿no? Pues
evidentemente estamos en el año 2026, ustedes van a actualizar esas fechas. Y
lo que tengo que hacer es, por ejemplo, si tuviera plazo para pagar renta y complementarios hasta el 30 de marzo, eh, entonces coloco aquí 30 de marzo.
Ah, ¿qué pasó? No lo habilitar edición.
Entonces, digamos que a 30 de marzo del 2026. Entonces, aquí coloco 30 de marzo.
2026. Entonces, aquí coloco 30 de marzo.
Entonces, lo que tengo que colocar aquí son fechas. Son fechas. Profe, ¿y de
son fechas. Son fechas. Profe, ¿y de dónde saco las fechas? ¿De dónde saco estas fechas? ¿Me las invento? No, esas
estas fechas? ¿Me las invento? No, esas
fechas no te las puedes inventar. Por
eso aquí abajito, si ustedes miran aquí abajito, a ver, aquí abajo donde les estoy señalando, hay
un link en el cual los va a llevar al eh calendario tributario de la Diana.
Si le damos doble clic ahí, creo que me va a llevar aquí. Sí, calendario 2026.
eh me está diciendo, "Oiga, hay unas fechas importantes que debe tener en cuenta." Entonces, yo les aconsejo
cuenta." Entonces, yo les aconsejo seguir ese link o en su defecto buscar en Google, buscar en Google calendario tributario.
Ah bueno calendario no Dian tributario.
Tributario, Dian 2026. Tengo que buscar el que diga
Dian 2026. Tengo que buscar el que diga PDF. Mire, aquí está el de PDF. Es el
PDF. Mire, aquí está el de PDF. Es el
segundo resultado. Es el segundo resultado el que dice PDF. Entonces voy
a ese y ahí me va a aparecer, espera que cargue un momentico, y ahí me va a aparecer el calendario tributario para el año 2026 y me va a aparecer los
diferentes tipos de impuestos que existen en Colombia y que la dian recauda. Entonces, por ejemplo, para
recauda. Entonces, por ejemplo, para renta grandes contribuyentes, de acuerdo y dice hasta febrero paga la primera cuota y el de acuerdo al último
dígito del NIT. Si el último dígito del nit es uno, hay plazo para pagar hasta el 10. Si el último dígito del dos, hay
el 10. Si el último dígito del dos, hay plazo para pagar hasta el 11. Y así
sucesivamente.
Y así con cada uno de los impuestos. Eso
es lo que se hace y se analiza este calendario tributario. Es muy fácil de
calendario tributario. Es muy fácil de entender realmente, pero es importante que lo tengan en cuenta. Y lo otro que se puede realizar es como yo ya le pregunté a la oiga, digamos que para el
2026 me acogí al régimen simple de tributación. ¿Qué fechas y qué impuestos
tributación. ¿Qué fechas y qué impuestos debo cancelar con la información suministrada? La IA ya tiene precargado,
suministrada? La IA ya tiene precargado, ya tiene cargado este calendario tributario de la Dian en su base de datos. ya lo tiene cargado. Entonces
datos. ya lo tiene cargado. Entonces
ella va a revisar y me va a decir, "Mire, ahí están las fechas. Ahí están
las fechas." Por eso les digo que les dio una herramienta muy grande para hacer ese trabajo, ese producto. Y con
esta herramienta, porque es una herramienta, es como yo puedo diligenciar ese producto. ¿Dónde
diligencio? Pues en el Excel voy diligenciando fechas, fechas. Si no me aplica, por ejemplo, no me aplica impuesto a las al IVA, entonces simplemente coloco NA. No aplica, pues
significa que no aplica para tu modelo de negocios. Muy importante también
de negocios. Muy importante también diligenciar estas casillitas, estas casillitas de debajo del cuadro que están a la izquierda en la columna C.
Muy importante ligenciarlas también.
Ténganlas en cuenta si aplica sea que apliquen o sea que no apliquen. De
hecho, les doy un dato. Aquí está un impuesto que se llama el impuesto a la equidad cree. Impuesto a la equidad
equidad cree. Impuesto a la equidad cree. Ese impuesto ya no existe. Ya no
cree. Ese impuesto ya no existe. Ya no
existe. A ese impuesto lo reemplazó el simple, el régimen simple de tributación. ¿Por qué está aquí? Porque
tributación. ¿Por qué está aquí? Porque
este es un modelo, este cuadrito es un modelo que hicieron las compañeras de ustedes eh de esta formación académica de tecnología y lo hemos venido tomando los profesores a a fin de darle crédito
a las chicas, que no es un cuadro complicado, sino es un cuadro muy sencillo, pero es la manera como ustedes pueden planificar
el tema de los impuestos, planificar el pago de los impuestos. Claro, hasta acá.
Miren, si yo sigo y y yo puedo seguir iterando con la con la IA que les acabé de dar, le puedo decir, "Oiga, eso, el régimen simple, ¿qué es? ¿Y qué tipos de impuestos pago ahí? ¿Y qué pasa si X y
qué pasa si Y? Y puedo ir iterando, iterando, iterando e ir aprendiendo.
Aprendan. Para eso se les deja esta herramienta. Vuelvo y repito, es la
herramienta. Vuelvo y repito, es la forma como ustedes pueden aprender de manera más sencilla y a efectos de que no se pongan a leer los 2000 artículos del Estatuto Tributario, que no es la
idea. La idea es que ustedes aprendan
idea. La idea es que ustedes aprendan que existen unos tributos, unos impuestos nacionales, locales y que ustedes deben tenerlos en cuenta para
poder cancelarlos. Y para poder
poder cancelarlos. Y para poder cancelarlos, pues tienen que hacer una planificación tributaria. La forma en
planificación tributaria. La forma en que nosotros la enseñamos es mediante este cuadrito que es muy sencillo realmente.
No sé si alguno tenga preguntas, profe, pues no sé si existe la posibilidad de que su merce nos amplíe un día más, puede ser mañana, porque en mi caso con mis IPAS, pues nosotros sí
llenamos esa plantilla. Eh, sí,
escribimos como que no aplicaban algunos y eso, pero por ejemplo no teníamos los datos sobre que podíamos buscar eh las fechas en el en el calendario tributario como o sea ahorita su merced nos está
dando mucha información que pues no la teníamos. No sé si existe la posibilidad
teníamos. No sé si existe la posibilidad de al menos para mañana, por lo que ahorita tenemos clase de de 8 a 10 y pues siento que no alcanzamos como a
corregir lo que nos quedó ahí.
Bueno, venga, miramos a ver. Espérenme
un momentico, reviso acá. Ahí me vuelvo a ver el grupo de ustedes.
Dice que hoy es la tutoría número seis.
Tutoría número seis.
Bueno, vamos a hacer una cosa, ya que están solicitando esto, eh, y les acabe realmente, pues también es media culpa, como se dice, es culpa mía no haberles
explicado este este tema la tutoría pasada de habérselos explicado, pero como no lo no lo no lo expliqué.
Señora, ¿qué me decías?
No, profe, lo que dijo usted, ya lo complementó, es que realmente lo que dice mi compañera si es verdad, pues no teníamos como toda la información clara y pues sí nos faltó varias cosas, la verdad.
Bueno, entonces vamos a ampliarlo. Igual
ustedes son poquitos, este grupo es pequeño. Voy a ampliar el plazo. Una vez
pequeño. Voy a ampliar el plazo. Una vez
lo hago aquí en línea.
Ampliemos el plazo de este de este producto. Ampliarlo. Ampliarlo un día.
producto. Ampliarlo. Ampliarlo un día.
Listo. Lo voy a ampliar un ditita.
que no se venza hoy 25 de marzo, sino que se venza mañana. Listo. Hasta
medianoche tienen plazo. Yo siempre
coloco la misma y entonces adicionalmente tienen tres días adicionales para entregarlo, ¿no?
Listo, ya les amplié plazo un día.
Listo, profe. Muchísimas gracias.
Bueno, no sé si tienen más preguntas en relación con este tema. Dudas. Sergio,
¿entendiste?
Eh, sí, profe. Entonces, uno es el el de Impuestos de Colombia, que es un que es un doc.
Sí, muy bien.
Y el otro es el Excel. Sí, sí, señor.
Sí, es muy realmente es muy sencillo lo que les digo. Yo les doy la herramienta para que para que ustedes aprendan. Sí,
les recomiendo. Miren, inclusive si alguno ya me pasó en otro curso tiene una empresa hoy en día conformada, ya conformada y todo y están trabajando y ay profe, yo no sabía, usted nos
permite, nos da permiso de acceder a esta información para que para eso, para que la nos ayude. Claro, accedan. Eh, lo
que pasa es que tienen que tener en cuenta que pues es una pública y los datos los datos sensibles pues se comparten de manera pública acá. No es
que yo los pueda ver porque yo no puedo, por ejemplo, ustedes no van a poder o mejor están viendo esta información, pero porque yo le estoy mostrando en
línea, pero yo no puedo, yo que fui el que compartí este cuaderno, esta guía a través de la Notebook LM, que es una de
las eh eh formas en que Google eh ha digamos, voy a utilizar esta palabra, ha democratizado el acceso a la
inteligencia artificial. Eh, entonces
inteligencia artificial. Eh, entonces Notebook LM es una forma, una IA en las cuales pues brinda muchísimas herramientas para los estudiantes. Yo
les aconsejo para que aprendan ustedes.
Es una herramienta muy muy chévere.
Eh, a los estudiantes les sirve muchísimo. Ya les muestro acá cuál es
muchísimo. Ya les muestro acá cuál es Notebook LM. Si ustedes buscan en Google
Notebook LM. Si ustedes buscan en Google Notebook LM, así como lo escribí aquí, a ver, voy a agrandarlo para que lo vean. Notebook
LM. Notebook LM. La buscan. Eh, para
poder acceder únicamente tienen que tener una cuenta, una cuenta eh de Gmail, una cuenta de Google. Entonces,
en este caso, miren, probar. Les va a salir esta página. Le doy probar y como yo ya tengo pues una cuenta gratuita, entonces bueno, aquí yo tengo varios cuadernos. Esto esto funciones a través
cuadernos. Esto esto funciones a través de cuadernos. En este cuaderno, por
de cuadernos. En este cuaderno, por ejemplo, yo así voy a crear un cuaderno nuevo. Está dividido en tres secciones.
nuevo. Está dividido en tres secciones.
Voy a explicarles rápidamente. No sé si alguien ya conocía esta herramienta.
Para aquellos que no la conocían.
Entonces, aquí en la parte izquierda puedo sub en esta en este apartado, en este bloque de la izquierda, puedo agregar fuentes. ¿Qué son las fuentes?
agregar fuentes. ¿Qué son las fuentes?
Pues puedo agregar archivos. Aquí me
está diciendo, puedo agregar archivos, sitios web, videos de YouTube, videos que tengan el Drive o copiar y pegar un texto para que me sirva de fuente. Tengo
en la en el apartado gratuito eh hasta a una capacidad hasta 50 fuentes de subir hasta 50 fuentes. Aquí donde dice entre otros dice eh
bueno, tengo dos formas de realmente buscar fuentes. Una es aquí arriba, en
buscar fuentes. Una es aquí arriba, en la parte de arriba que tiene como un buscador y en ese le puedo escribir, "Oye, búscame información sobre sobre
eh impuestos en Colombia para el año 2026." Y si la pongo a buscar aquí la IA
2026." Y si la pongo a buscar aquí la IA me va a encontrar un pocotón de fuentes.
¿Dónde va a buscar? En la web y va a utilizar el modelo rápido, fast research. Entonces el fast research es
research. Entonces el fast research es el la búsqueda rápida que hace la IA en la web. Sí. y me carga esas esas
la web. Sí. y me carga esas esas fuentes. Yo las escojo, yo miro si me
fuentes. Yo las escojo, yo miro si me sirven o no me sirven y las puedo agregar. Y otra y una segunda forma de
agregar. Y otra y una segunda forma de agregar fuentes es aquí en la parte de abajo es o suelta tus archivos, dice acá
PDF imágenes documentos audio entre otros. Si yo pongo el cursor en ese
otros. Si yo pongo el cursor en ese apartado, en esas palabras, entre otros me van a aparecer todos esos formatos.
Puedo agregar ahí PDFs, txt, MD, Doc, CSB PPTX EPUP Abif BMP GIF Ico
JP2, PNG, Web, o sea, tiene, pueden agregar audios, videos, archivos, páginas web, YouTube, de todo. Y esas
fuentes se les van a precargar aquí en este apartado, en esta columna de la izquierda. Ya, ahorita les muestro un
izquierda. Ya, ahorita les muestro un cuaderno hecho. Posterior a eso, el
cuaderno hecho. Posterior a eso, el cuaderno me va a decir, "Oiga, en este cuaderno hay tal información." ¿Cuál
información? Pues la que está de las fuentes. Y en la parte de la derecha de
fuentes. Y en la parte de la derecha de sus pantallas hay unas herramientas, unas herramientas para poder estudiar ese tema. Puedo estudiar a través de un
ese tema. Puedo estudiar a través de un resumen de audio, presentaciones, resumen de video, mapas mentales, puedo hacer informes, tarjetas didácticas,
cuestionarios, infografías, tablas de datos, en fin, puedo hacer un sinnúmero de situaciones muy muy chéveres que con por medio de la cual yo puedo aprender
muchísimas cosas. Es cuestión de que los
muchísimas cosas. Es cuestión de que los estudiantes revisen y investiguen. Por
ejemplo, les voy a mostrar por aquí alguno.
Eh tu Bueno, aquí yo tengo uno que se llama ingeniería de prompts.
Ingeniería de promps y guía y técnicas.
a borrar esta historia acá.
Eso. Entonces, yo precargué aquí en la apartado de la izquierda unas fuentes.
Aquí hay de todo. Aquí hay archivos eh de PDF, aquí hay sitios de YouTube, páginas web, en fin, un sin número de fuentes. Cargué esas fuentes. Aquí en la
fuentes. Cargué esas fuentes. Aquí en la parte central la IA me dice, "Oiga, esas fuentes que usted cargó hablan sobre X, Y, Z." Ya me dice el resumen de todo lo
Y, Z." Ya me dice el resumen de todo lo que está eh digamos que cargaba en las fuentes y en la parte de la derecha puede utilizar una de las herramientas. Vamos a
utilizar, por ejemplo, mapa mental.
Entonces, si yo utilizo mapa mental, aquí en la partecita de abajo me empieza a crear el mapa mental y yo espero que lo termine. Ah, ya lo terminó, de hecho,
lo termine. Ah, ya lo terminó, de hecho, muy rápido. Vamos a verlo. Mapa mental.
muy rápido. Vamos a verlo. Mapa mental.
Y ahí está. Lo puedo agrandar. volver
más pequeñito. En fin,
a ver.
Listo. Entonces, por ejemplo, me dice técnicas, perdón, tendencias y optimización de IA en el 2025, videomarketing 2025. Puedo abrir ahí y
videomarketing 2025. Puedo abrir ahí y me desglosa una serie de temas, una serie de temas. Digamos que yo quiero eh investigar creación con con IA, la primera de las opciones que tiene
videomarketing 2025. Si le doy clic ahí,
videomarketing 2025. Si le doy clic ahí, me va a decir, me va me va a ampliar, me
eh auto escribió en el apartado central de la herramienta en el chat y me dice, "Debatir lo que estas fuentes dicen sobre creación con IA en el contexto más
amplio de videomarketing 2025."
Entonces, lo que me va haciendo es que me va explicando, ¿sí? Que me va enseñando. ¿Con base en qué? Con base en
enseñando. ¿Con base en qué? Con base en las fuentes que yo le precargué. No se
pone a buscar en toda la web. ni en
todos los archivos, ni en todo lado, que eso lo que hace cuando ustedes buscan de manera directa en chat GPT o en o en Gemini o en Club, buscan en absolutamente toda la web, ¿no? Aquí me
va a buscar únicamente en estas fuentes de la columna de la izquierda y ahí me está diciendo, ¿qué es eso? ¿Qué es lo que yo le dije? Y esos numeritos
pequeños que aparecen ahí es la fuente de donde extrajo, me cita la fuente de donde extrajo la información y así yo puedo corroborar si es cierto o no es
cierto. Es muy sencillo de utilizar.
cierto. Es muy sencillo de utilizar.
Solo les dejo hasta ahí ese tema y puedo así utilizar muchas, muchas, muchas herramientas en la de las que están aquí en el apartado de la de la pantalla de
la derecha para poder aprender el tema que quieran, el tema que quieran. Es una
herramienta muy poderosa. Yo se las aconsejo que la aprendan a utilizar.
Busquen en YouTube videos en donde les enseñan a utilizar esta herramienta. Es
muy bueno. Eh, no sé si ustedes la conocían, profe.
Sí, profe, una una pregunta.
Sí.
Eh, el chatbot que usted genera también por notebook.
Sí. Eh, en mi caso, bueno, yo trabajo en una es algo es como algo algo técnico.
En mi caso, yo trabajo en una empresa, yo puedo también generar un chatbot correspondiente a mi área.
Claro.
Y aplicarlo en la empresa o la empresa Sí, lo puedo. Sí, lo puedo.
Sí, claro. Lo que quedas a través del del Outlook.
Sí, claro. Mira, fácil. Vamos a abrir Notebook LM. Listo. Abro Notebook LM.
Notebook LM. Listo. Abro Notebook LM.
Lo pruebo. Simplemente voy a crear un nuevo cuaderno. Te voy a enseñar. Voy a
nuevo cuaderno. Te voy a enseñar. Voy a
crear un nuevo cuaderno. Cargo las
fuentes. Aquí me vuelvo y repito, aquí me aparecen dos tipos de fuentes. Puedo
buscar en la web aquí arriba o puedo cargar los archivos. Si tienes la información de tu empresa de tienes que tener en cuenta que vuelvo y te repito, esto esta es muy buena, pero no es
privada, exclusivamente privada, no. Lo
que es exclusivo es la búsqueda en las fuentes que tú le cargues. Entonces, hay
que tener en cuenta el tema de los datos personales, ¿no? No hay que ser eh
personales, ¿no? No hay que ser eh demasiado explícito. No sé hacia qué
demasiado explícito. No sé hacia qué punto lo quieres direccionar, pero por ejemplo, ¿en qué aspecto podría servir?
Si tú tienes un tema de preguntas y respuestas eh para un tema técnico, eh voy a crear un chatbot para cuando mis compañeros,
perdón la expresión, pero metan la pata, eh utilizando un equipo de cómputo, por ejemplo. Entonces le preguntan a la IA y
ejemplo. Entonces le preguntan a la IA y la IA les va a decir tal cosa. Para eso
voy a precargar unas fuentes. Sí, bien.
Bien sea que yo las cargue, ¿sí?
subiendo archivos, compartiendo videos de YouTube, de Drive o texto copiado o pongo a la misma que me las busque en relación con el tema que yo quiera. Y
una vez tengo el chat, una vez tengo el una vez tengo las fuentes precargadas, me voy a devolver aquí para poder explicarte. Digamos que aquí ya tengo
explicarte. Digamos que aquí ya tengo las fuentes precargadas al lado izquierdo. Al lado izquierdo, sí están
izquierdo. Al lado izquierdo, sí están las fuentes. Esas son mis fuentes que ya
las fuentes. Esas son mis fuentes que ya cargué, archivos, páginas web, videos, en fin. Entonces voy compartir, así como
en fin. Entonces voy compartir, así como hice yo con ustedes, quiero compartir ese conocimiento con mis compañeros porque quiero que aprendan. Bueno, eso
es muy bien. Para de eso se trata la tecnología, para que las personas avancen. Entonces, aquí en el apartado,
avancen. Entonces, aquí en el apartado, en la parte superior, voy a encontrar donde dice compartir, un botoncito compartir. Voy a darle clic ahí y me van
compartir. Voy a darle clic ahí y me van a aparecer unas opciones, unas opciones. Entonces, por ejemplo,
unas opciones. Entonces, por ejemplo, miren, dice personas con acceso. Yo aquí
tengo pues uno unas de mis cuentas porque tengo unas cuentas gratuita y otra cuenta pro. Entonces ahí la compartí con la cuenta pro si quiero
añadir una nota de bienvenida o no. Sí,
yo yo cuando ustedes abren el chatbot de la de la guía tributaria les da una nota de bienvenida. Aquí le puedes dar una
de bienvenida. Aquí le puedes dar una nota de bienvenida, la que tú quieras.
Sí. O si no, pues no.
Eh, y les dan el acceso, dice, acceso al cuaderno restringido. Entonces,
cuaderno restringido. Entonces, únicamente le das cualquiera con el enlace. Si le haces público, cualquier
enlace. Si le haces público, cualquier persona puede entrar a ese chatbot, cualquier persona a ese a ese chat. Pero
si le das cualquiera que tenga el enlace o cualquiera con el enlace, pues no tienes que únicamente compartir el enlace así como lo hice yo con ustedes en relación con el chatbot, con este de
la tributaria. Por eso aquí ustedes van
la tributaria. Por eso aquí ustedes van a van a dar cuenta que aquí no me aparece a la izquierda ni a la derecha las otras dos columnas de notebook. No
me aparecen ni las fuentes ni los recursos para hacer infografías, tarjetas didácticas y demás. No, me
aparece únicamente el chat. Y yo que soy el propietario de este cuaderno, que lo compartí con ustedes, yo soy el que eh determino qué fuentes cargar y qué
fuentes no. Sí, yo soy el que determino.
fuentes no. Sí, yo soy el que determino.
Volvámonos a notebook.
Yo soy el que determino qué fuentes cargar en en esta pantalla aquí en este lado izquierdo, qué fuentes son las que cargo y con base en esas fuentes que
cargo aquí, cuando compartan el enlace, los que tengan el enlace, pues únicamente van a poder utilizar el chat, interactuar con el chat, con las
fuentes. ¿Sí me entendiste, Sergio.
fuentes. ¿Sí me entendiste, Sergio.
Sí, profe, sí. Listo. Muchas gracias. Es
muy chévere la herramienta, en serio que es muy chévere. Yo les aconsejo eh eh analícenla, cacharrien eh y eh aprópiense del conocimiento. El
conocimiento está ahí. Estamos en una era en que el conocimiento está ahí. Lo
que pasa es que la gente no aprovecha, no aprovecha. Quieren solamente la IA
no aprovecha. Quieren solamente la IA para que les haga el producto, para que les haga el trabajo, pero no para aprender. Entonces, ahí es donde se
aprender. Entonces, ahí es donde se equivocan al en la utilización de la de la herramienta. La IA no es que venga a
la herramienta. La IA no es que venga a competir con los seres humanos, es una herramienta. ¿Y a quiénes sí va a
herramienta. ¿Y a quiénes sí va a reemplazar? Pues aquellas personas que
reemplazar? Pues aquellas personas que no estén preparadas para utilizarla o los que no la sepan dominar, a esas personas sí las va a reemplazar. Y
entonces tú al utilizar la solo para que te haga el producto, ¿qué está qué te está haciendo la? pues reemplazándote.
pues reemplazándote, así como tú hoy utilizas la IA para que te haga cualquiera de estos productos, el día de mañana pues te reemplazan con una porque
no tienes la porque la IA digamos que hace el análisis, pero si tú lo hicieras y aprendieras, tendrías la capacidad del raciocínio y de aplicarlo
específicamente a un contexto en específico, que es lo que eh es necesario que ustedes aprendan a efectos de cumplir con el guion de aprendizaje en relación con la planificación.
tributaria. Sí, oiga, aprendan a planificar el pago de los impuestos. Les
estoy dando una herramienta muy poderosa, vuelvo y repito, con la cual ustedes pueden eh acceder de manera fácil, sencilla al conocimiento, pero no solamente para que les haga el producto,
sino para que aprendan.
Claro. Hasta acá,
Silvia, ¿me escuchaste?
Sí señor.
Bueno, gracias, Silvia, gracias por responder. Bueno, perfecto. Si no hay
responder. Bueno, perfecto. Si no hay más dudas, nos devolvemos y terminamos el pedacito que me falta de derecho laboral para que ustedes tengan las bases del derecho laboral. Vuelvo y les
repito, este informe número cuatro era uno de los que más el tema tributario es el que más se les dificultaba a los estudiantes, el que más complejidad les
demandaba. Yo quise realmente hacerlo de
demandaba. Yo quise realmente hacerlo de manera sencilla, diger que no fuera un ladrillo para ustedes, sino que fuese de
manera eh didáctica, de manera que ustedes puedan entender eh y con las y con la normatividad al día en relación con este tema de
impuestos, o sea, lo que esté más actualizado posible posible en relación con las fuentes que se le dejan en el chatbot. Entonces, de esa manera,
chatbot. Entonces, de esa manera, repito, la idea es que ustedes iteren, iteren, iteren y pregunten y pregunten y aprendan. Esa es la idea. Y también
aprendan. Esa es la idea. Y también
pueden hacer sus propios cuadernos y si a bien lo tienen también pueden hacer su cuaderno público como como pidió Sergio.
Pues espero que les sirva el el mini tutorial para que pueda, digamos que realizar este tema que realmente es, vuelvo y repito, es muy sencillo, muy
fácil y muy poderoso, muy poderoso para que la gente aprenda. Sí, es eso. Bueno,
vámonos entonces a terminar nuestra parte de derecho laboral. Habíamos
quedado, voy a dar aquí pantalla completa, habíamos quedado en este en este apartado de el salario y sus
componentes, ¿cierto? Entonces, no
componentes, ¿cierto? Entonces, no habíamos llegado a este punto, pero eh porque habíamos llegado creo que la la última diapositiva que vimos fue la
excepción a la las personas, los trabajadores que tienen una excepción a la jornada máxima legal, pero eh no habíamos hablado del salario, la
importancia que tiene. Entonces, el
salario tiene una importancia, valga la redundancia, bien importante. ¿Cuál es?
La base de las prestaciones sociales, por favor. El salario es la base de las
por favor. El salario es la base de las prestaciones sociales. Para pagar
prestaciones sociales. Para pagar prestaciones sociales. Determina el
prestaciones sociales. Determina el aporte hacia seguridad social. ¿Cuánto
tienes que aportar a seguridad social?
De acuerdo, pues, a lo que se determine en el ampliar aquí un poquito ahí. De
acuerdo a lo que se determine en el salario. Sí. e impacta pues lógicamente
salario. Sí. e impacta pues lógicamente el presupuesto de la organización de la empresa. Si una empresa pues paga
empresa. Si una empresa pues paga altísimos salarios y no es competitiva, muy seguramente pues no va a ser viable.
Entonces tiene que ser competitiva en todo sentido. Eh, la definición legal
todo sentido. Eh, la definición legal que se señala es que es una contraprestación directa a la actividad desarrollada por el trabajador, ¿cierto?
Una contraprestación. Ya habíamos
hablado sobre la definición de contrato laboral. Dijimos que un contrato laboral
laboral. Dijimos que un contrato laboral es por el cual una por el cual una persona natural se obliga a prestar de manera personal a otra persona natural o
jurídica eh un servicio bajo la continuada remuneración de la segunda, es decir, de la persona natural o jurídica, y por una remuneración. A eso
es el el contrato laboral y el salario, como lo le dije anteriormente, es la retribución a esa prestación personal del servicio.
Muy importante este apartado que les tengo acá, que suele confundirse mucho en materia legal, en materia legal y
laboral, los meses tienen 30 días y el año tiene 360 días. Pero, ¿por qué, profe? O sea, que le van a robar 5 días
profe? O sea, que le van a robar 5 días al trabajador. No, no es que se lo
al trabajador. No, no es que se lo roben. Lo que pasa es que para efectos
roben. Lo que pasa es que para efectos de liquidaciones laborales se contabiliza de esa manera. Eso ya ha sido debatido, aprobado, demandado ante
las altas costes de Colombia y se ha señalado que se realiza de esa forma. Es
decir, en materia laboral todos los meses tienen 30 días y el año tiene 360 días. por favor.
días. por favor.
A ver qué pasó.
Hay tres tipos de salario. Hay tres
diferentes eh o estos tres tipos de salario que son las diferentes modalidades. Está el salario fijo y el
modalidades. Está el salario fijo y el el salario salario variable. Eh, el
salario fijo, ¿cierto? es un monto constante eh que el cual se le cancela pues a los trabajadores que trabajan en una jornada eh normalmente que no es
variable. Trabajadores que trabajan por
variable. Trabajadores que trabajan por ejemplo en en el área administrativa, tienen horario de oficina que comúnmente denominan las personas, pues van a tener normalmente un salario fijo, que es un
monto constante. Pero para el caso de
monto constante. Pero para el caso de los trabajadores que trabajan en turnos rotativos, el salario va a ser variable.
¿Por qué? Pues porque realizan turnos de día, turnos de noche. Eh, muy
seguramente van a trabajar eh dominicales, van a trabajar festivos, van a trabajar horas extras, tanto diurnas como nocturnas, etcétera, etcétera, etcétera. Entonces, ese
etcétera, etcétera. Entonces, ese salario es variable. ¿Listo? Un tipo de salario también muy importante y muy común es el salario integral. salario
integral que en Colombia es de 10 de 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes, ¿cierto? Más tres salarios
vigentes, ¿cierto? Más tres salarios mínimos legales mensuales vicentes de carga prestacional. Es decir, para que
carga prestacional. Es decir, para que un trabajador en Colombia se diga que gana el salario integral, debe ganar 13
salarios mínimos legales mensuales vigentes. Por eso esos contratos, cuando
vigentes. Por eso esos contratos, cuando yo dueño del almacén de ropa, contrato a las chicas, a mis trabajadoras, para que me ayuden a vender ropa y les digo, "No, yo las contrato por un contrato de
prestación de servicios con salario integral, salario integral de 2 millones de pesos y ahí está incluido todo, prestaciones, vacaciones, está todo, todo. Es salario integral. esa palabra
todo. Es salario integral. esa palabra
de salario, esas palabras de salario integral están mal utilizadas porque en Colombia, repito, para que un trabajador gane el salario integral debe ganar 13 salarios mínimos legales mensuales
vigentes, que son hoy en día alrededor de 22 23 millones de pesos. ¿Listo? Una
característica muy importante, siempre se debe pactar por escrito, por favor, siempre. El salario integral siempre se
siempre. El salario integral siempre se paga, se pacta por escrito, siempre.
E, ¿qué integra el salario integral?
¿Qué integra el salario? Pues netamente
pues la retribución, ¿cierto?, al
trabajo, las prestaciones primas, antías, intereses a lasantías, dotaciones, etcétera, y los recargos tan nocturnos, extras, dominicales. Dentro
de esos 13 salarios mínimos están incluidos, lo que les acabé de señalar.
¿Qué no incluyen? ¿Qué no incluyen esos 13 salarios mínimos?
No incluyen las vacaciones, no incluyen los aportes a seguridad social y no incluye los aportes para fiscales, SENA, ICBF, cajas de compensación. Eso no lo
incluye. Entonces, es muy importante que
incluye. Entonces, es muy importante que lo tengan en cuenta, por favor.
Ahora bien, hay otra clasificación de los salarios que son los salarios en especie. Salario en especie. ¿Qué es el
especie. Salario en especie. ¿Qué es el salario en especie? es que una parte del salario se paga en dinero y la otra parte, como su nombre lo indica, en especie, bien sean alimentación,
alojamiento etcétera etcétera etcétera. Uy, ¿qué paso aquí? En
etcétera. Uy, ¿qué paso aquí? En
alojamiento etcétera etcétera etcétera. Permítame un segundo, por
etcétera. Permítame un segundo, por favor.
Bueno, perfecto. Entonces, decía que el salario en especie es el que se paga una parte en dinero y otra parte, como su nombre lo indica, en especie.
¿Qué significa que sea en especie?
Vuelve, repito, en especie en algunas oportunidades se paga el alojamiento, se paga la alimentación, depende como se haya pactado. Tiene dos
modalidades específicas o dos situaciones que se pueden dar de acuerdo, pues al pago que se le realice eh al trabajador. En el caso de los
trabajadores que ganan más de un salario mínimo, más de un salario mínimo, se puede pactar el pago en especie o el
salario en especie hasta el 50% del valor de ese salario. Es decir, si ganas 3 millones de pesos, pueden pagarte 1,illón y medio de pesos en dinero y
millón y medio en especie. Ese es el límite. Pero si ganas el salario mínimo
límite. Pero si ganas el salario mínimo igual o menor al salario mínimo, el máximo o el límite está en que se debe
cancelar como máximo en especie el 30% del salario. El 30%. Eso se señala en el
del salario. El 30%. Eso se señala en el código, en el contrato laboral. Debe
estar específico en el contrato laboral también, por favor.
Eh, un ejemplo común de estos eh tipos de salarios que se pactan está, por ejemplo, las personas que trabajan en el servicio doméstico de manera eh interna o en el interior de las
viviendas y aquellos que trabajan, por ejemplo, como los mayordomos de las fincas, ¿no? Entonces, ellos casi
fincas, ¿no? Entonces, ellos casi siempre pactan ese tipo de salarios.
Bueno sigamos.
Hay unos pagos que no constituyen salario. Sí, salario, como lo acabé de
salario. Sí, salario, como lo acabé de señalar, es la remuneración que recibe el trabajador en virtud de la prestación personal del servicio que le hace a esa
otra persona natural o persona jurídica, cualquiera de los dos, que es el empleador. Entonces, ¿cuáles son los
empleador. Entonces, ¿cuáles son los pagos que no constituyen salarios? son
aquellos que se pactan expresamente en el contrato laboral, como por ejemplo las primas y bonificaciones ocasionales,
los gastos de representación, los medios de transporte, eh y algunos y algunos, no la dotación, no lo confundan, y algunos elementos de
trabajo y algunos beneficios como la alimentación, habitación o vestuario.
Sií, esos esos pagos pueden ser declarados como o pactados como no constitutivos de salario. El artículo
128 del Código Sustantivo del Trabajo así lo señala. ¿Cuál es la importancia de estos pagos? No liquidan prestaciones sociales o no se tienen en cuenta para el pago de prestaciones sociales. No se
tienen en cuenta o no forman base para aportes a seguridad social. Esa es la importancia que tiene este tema de los pagos que no constituyen salario. Hay un
límite legal muy importante, por eso lo coloco acá en esta en esta diapositiva.
¿Qué es un límite del 40%?
¿Qué es el límite del 40%?
Eh, cuando un trabajador gana, por ejemplo, las famosas comisiones, las comisiones, por ejemplo, estás vendiendo ropa y tu salario es el
salario mínimo es lo que se te paga, pero te pagan comisión por venta.
De esas comisiones por venta tienen que hacerse cotizaciones a seguridad social.
Recuerden que sí se tiene para sí se tienen en cuenta para pago de eh de seguridad social. ¿Por qué? Porque es
que esa comisión es en retribución al servicio que estás prestando. Te te
están pagando una comisión por vender.
¿Y para qué estás contratado? para
vender. Ah, bueno. Entonces, las
comisiones sí son constitutivos de salario. ¿Qué pasa con este límite del
salario. ¿Qué pasa con este límite del 40%? Hasta el máximo el 40% de esas
40%? Hasta el máximo el 40% de esas comisiones se pueden utilizar para realizar el pago de aportes a seguridad social. ¿Sí? Entonces, digamos, son 2
social. ¿Sí? Entonces, digamos, son 2 millones de pesos que ganas de salario mínimo y ganaste 1 millón de pesos en comisiones, pues de ese millón de pesos de comisiones no vas a reportarlo para
pagar eh aportes a seguridad social la totalidad del millón de pesos, sino solo el 40%, es decir, 400,000 pesos.
Cotizaría sobre 2,400.
Oy, profe, pero es que entonces me van a descontar más. Sí, pero también vas a
descontar más. Sí, pero también vas a cotizar más. vas a tener una base, un un
cotizar más. vas a tener una base, un un IBC, un ingreso base de cotización superior al salario mínimo. No vas a cotizar sobre el mínimo, sino sobre 2,400,
más del mínimo. Y recuerden que Col pensiones o los fondos privados tienen en cuenta tu IBC para liquidar la pensión. Entonces, de acuerdo al ingreso
pensión. Entonces, de acuerdo al ingreso base de liquidación o o el IBC, el ingreso base de cotización, ese que te tienen en cuenta para pagarte la pensión.
Eh, es importante señalar lo siguiente, muy importante.
Siempre dejo claro esto. La me preguntan mucho los estudiantes, las bonificaciones, las bonificaciones
no hacen parte del salario. no hacen
parte del salario, pero pero si se pactan, si se pactan en el contrato laboral y si se pagan de manera
habitualmente, por ejemplo, cada mes, si te pagan una bonificación cada mes y así está pactada y te la pagan habitualmente y está pactada en el contrato de
trabajo, esa bonificación si da lugar o si constituye salario. Las que no constituyen salario son las, por ejemplo, este año a la empresa le fue
muy bien. Entonces, la empresa va a
muy bien. Entonces, la empresa va a hacer un reconocimiento extra, una bonificación por mera liberalidad de la
empresa para que los trabajadores se eh se sientan retribuidos por la labor desempeñada, ¿cierto? y se sientan y se
desempeñada, ¿cierto? y se sientan y se animen, se me olvida la palabra específica, y se incentiven para seguir con el índice de productividad que están realizando.
Entonces, la empresa ha decidido pagarle a cada trabajador una bonificación, una única bonificación para el mes de enero de 500,000 pesos. Ah, qué bueno. Bravo,
bravo. Estaba pactada en el contrato de trabajo, ¿no? Te la pagan de manera
trabajo, ¿no? Te la pagan de manera habitual, ¿no? Entonces, esa no
habitual, ¿no? Entonces, esa no constituye salario. Pero otro ejemplo,
constituye salario. Pero otro ejemplo, si tú pactas dentro de tu contrato laboral una bonificación, una bonificación
e por ejemplo por eh ventas, no vas a ganar comisión, sino vas a ganar una bonificación mensual y así está establecido en el contrato de trabajo.
Entonces, vas a ganar una comisión por vender. Te contratamos para vender, pero
vender. Te contratamos para vender, pero adicional para que ganes un poquito más.
Te vamos a pagar mensualmente 250,000 de bonificación por ventas. Ah, bueno,
perfecto. Y quedó pactada como bonificación en el contrato laboral y te la pagan habitualmente. Esa sí
constituye salario. Si tú revisas el artículo 128 del Código Sustantivo del Trabajo, te va a decir que no, pero yo te estoy diciendo que sí. En la medida bajo las condiciones que acabé de
señalar. Es importante tenerla en cuenta
señalar. Es importante tenerla en cuenta y también muy importante lo del límite del 40% porque resulta que ustedes, futuros tecnólogos empresariales que van
a administrar empresas, ¿qué va a pasar si le pagan a los trabajadores comisiones y sobre las condiciones no cotizan a Seguridad
Social? Puede venir una entidad y los
Social? Puede venir una entidad y los puede sancionar.
Si los audita la UGP y se da cuenta que tú le pagas comisiones a tus trabajadores y no estás cotizando a seguridad sobre ella, no
estás aplicando este límite, ni siquiera aplicando el límite, simplemente no cotiza esa seguridad social de ninguna comisión. La UGPP te puede decir que es
comisión. La UGPP te puede decir que es la unidad de gestión para fiscales de Colombia te puede eh sancionar y las sanciones de
la UGPP son costosísimas y difícil de ganar si uno estuviera defendiéndolas en lo personal como abogado, digo yo.
Entonces es muy complejo. Entonces,
ustedes futuros tecnólogos empresariales y tecnólogas empresariales, deben tener en cuenta muy importante este límite en relación con las comisiones. Por favor,
las comisiones. Por favor, vamos a seguir.
Wow, aquí tengo una diapo. ¿Dónde está?
Si sigue esta. Aquí tengo una diapositiva que explica de manera clara ese tema del límite del 40%. por favor,
para que ustedes lo tengan en cuenta.
Sí, en primera medida, en primera medida del pago total que se hace, del pago total de esa eh de esas comisiones, normalmente se retribuye el trabajo.
Comisiones o bonos es salario sin importar el monto. Es decir, si la comisión o la bonificación tiene por naturaleza retribuir el
trabajo que realizas para el cual fuiste contratado, si es salario.
Para el ejemplo voy a señalar que e en un almacén de ropa tú contratas personas para que te ayuden a qué, pues a vender ropa y les vas a pagar unas comisiones o
bonificaciones en virtud del volumen de ventas que tenga cada uno. ese volumen
de ventas en comisiones o en bonificaciones sí son salario. ¿Listo?
Sí son salario.
Ahora hay un pacto de exclusión que es el artículo, lo que yo les decía, el 128 que en donde simplemente la bonificación por rendimiento que una vez al año pagó
la empresa y ya después el otro año le fue mal y no ya no la pagó. Entonces esa
bonificación no hace parte del salario porque no es ni constante ni retribuye tu trabajo de manera directa, sino que fue por mera liberalidad del empleador.
Y el tema del 40%, como ya les dije, el a efectos de no evadir evadir el pago o el eh sí, el reporte de aportes a seguridad
social. A seguridad social. Aquí les
social. A seguridad social. Aquí les
dejo, por favor esa diapositiva para que la tengan en cuenta. Seguimos.
A ver, el auxilio de transporte, muy importante, muy importante. El auxilio
de transporte, como su nombre lo indica, no es salario. No es salario, es un auxilio.
Es un auxilio. Y ese yo lo había explicado cuando expliqué dentro de los eh principios que están contenidos dentro del artículo 53 de la Constitución Política. el tema de la
Constitución Política. el tema de la remuneración mínima vital y móvil. Esa
remuneración mínima vital y móvil, cuando hablamos de movilidad, hablamos en relación con esa eh obligación que tiene el Estado de fijar ese auxilio del transporte. Y auxilio de transporte,
transporte. Y auxilio de transporte, ¿para qué? Es un auxilio de transporte
¿para qué? Es un auxilio de transporte para que el trabajador pueda movilizarse desde su residencia hasta su sitio de trabajo. Tiene pues porque eso genera un
trabajo. Tiene pues porque eso genera un costo y no puede ir en detrimento del salario de los trabajadores. Entonces,
por eso se llama auxilio de transporte.
¿Quiénes tienen derecho? ¿Quiénes tienen
derecho al auxilio de transporte?
Primero, los que tienen contrato laboral. Las personas que tienen un
laboral. Las personas que tienen un contrato laboral vigente en Colombia.
trabajadores que trabajen o devenguen, perdón, que devenguen o que ganen hasta dos salarios mínimos. Hasta dos salarios
mínimos. Y otra condición o requisito es
mínimos. Y otra condición o requisito es que el empleador no te dé el servicio o no te preste el servicio de transporte hasta el sitio de trabajo. No sé si
ustedes se han fijado, hay algunos empleadores que por medio de la utilización de estos buses blancos eh le pagan la ruta a los trabajadores para
que vayan a trabajar y pues de acuerdo a los turnos como los tengan organizados, recogen a los trabajadores, tienen unas rutas y pues si el trabaj el empleador
da el transporte pues no está obligado a pagar el auxilio de transporte. ¿Listo?
Ahora bien, la naturaleza legal, el auxilio de transporte, ¿para qué sí lo tenemos en cuenta? ¿Para qué si lo sumamos al salario? O sea, sumamos el
salario más auxilio de transporte para liquidar prima de servicios, cesantías, intereses a las sesantías.
Sí. Y aquí les dejo un ojo, no es salario, ya les expliqué, es un auxilio, pero para estos efectos de prima de
servicios, cesantías e intereses a las cesantías, sí se suma el salario más el auxilio de transporte. No es base para aportes a seguridad social, ¿cierto?
Aportes a salud, pensión, riesgos, aportes a las a los parafiscales, cajas de compensación, cena y CBF, no es base
ni sirve para pagar horas extras, ¿cierto? Y no es base para liquidar
¿cierto? Y no es base para liquidar vacaciones.
¿Quién me explica por qué no es base para liquidar vacaciones? A ver, ¿qué se les ocurre? ¿Por qué no se tendrá en
les ocurre? ¿Por qué no se tendrá en cuenta?
Buenas noches, profe. Porque en las vacaciones no eh uno está descansando, no corre con el transporte, o sea, no tiene ningún gasto
de transporte.
Gracias, Andrea. Muy bien. Exactamente.
Esto es de lógica matemática. El derecho
es lógico, específicamente como lo ha señalado Andrea, pues lógicamente si estás descansando, pues no tienes que transportarte, movilizarte para ir a cumplir el horario laboral, pues que
estás en vacaciones. Entonces, en
vacaciones para liquidar las vacaciones, los pagos de vacaciones, no se tiene en cuenta el auxilio de transporte.
Entonces es para que lo tengan en cuenta. Vamos a seguir para ver si
cuenta. Vamos a seguir para ver si terminamos este tema.
A ver qué pasó. Listo.
Vamos a hablar ahora de las prestaciones sociales rápidamente.
Prestaciones sociales y seguridad social. Entonces,
las prestaciones sociales, ¿cierto?,
están diseñadas para tres cosas específicas que son, primero para proteger al trabajador en diferentes momentos de su vida laboral.
tienden una red económica y social para el trabajador y garantiza derechos no solo del trabajador, sino de su familia, de su núcleo familiar inmediato,
inmediato, no extendido, ¿no? Porque es
que hay algunos que algunos trabajadores que piensan que eso es uf ilimitado, ¿no? para su núcleo familiar inmediato,
¿no? para su núcleo familiar inmediato, su cónyugue y cónyugue e hijos si tiene descendientes o si no tiene ni cónyugue o compañero compañera permanente ni
hijos, entonces para sus ascendientes para sus padres siempre y cuando sus padres dependan económicamente de él.
Entonces, las prestaciones sociales tienen eh buscan eso, proteger al trabajador, ser una red económica y garantizar unos derechos de los
trabajadores que se han ganado a través de muchas luchas históricas para que para que lo tengamos en cuenta.
En la primera prestación de prestación social que vamos a analizar es la prima de servicios, ¿cierto? La prima de servicios es un pago que se realiza
en valor de 30 días de salario por año.
30 días de salario por año, pero se paga en dos contados. Tiene dos fechas de pago. La primera fecha de pago se paga
pago. La primera fecha de pago se paga con fecha máxima el 30 de junio. Se
pagan los primeros 15 días de salario y los otros 15 días de salario se pagan los primeros 20 días del mes de diciembre.
Es decir, la prima de servicios en total equivale a 30 días de salario por año, pero se pagan 15 días con fecha máxima el 30 de junio y los otros 15 días con
fecha máxima el 20 de diciembre de cada año. Y a la derecha, en la columna de la
año. Y a la derecha, en la columna de la derecha, van a poder observar cuál es la fórmula que se aplica para liquidar las prestaciones sociales. En este caso, la
prestaciones sociales. En este caso, la base es igual al salario más el auxilio de transporte se multiplica por los días trabajados por el trabajo. Es que no
alcanzó a trabajar un año, pues se le liquidan los días que trabajó.
Es que solo trabajó 2 meses, pues le liquidas. En donde dice días, vas a
liquidas. En donde dice días, vas a colocar 60 días, así de sencillo. Y lo
divides, ese resultado lo divides por 360. ¿Por qué por 360? Ya les expliqué
360. ¿Por qué por 360? Ya les expliqué que para efectos legales y de liquidación los meses son de 30 días y el año tiene 360 días. Así está diseñado
el sistema.
Esa es la primera prestación social, las la prima de servicios. La segunda,
cesantías. Muy importante. ¿Para qué
están diseñadas las cesantías? como su
nombre lo indica, es para cuando el trabajador quede cesante, cuando el trabajador deje de trabajar, bien sea porque se terminó el vínculo laboral,
bien sea porque eh se retiró, se cansó, en fin, es un colchoncito, es un ahorro que tiene ese trabajador al momento en que quede
desempleado desempleado y se paga un mes de salario por cada año labor. elaborado, un mes de salario por
labor. elaborado, un mes de salario por cada año elaborado, pero esa liquidación de ese año elaborado principia o comienza siempre se tiene, se
contabiliza desde el primero de enero hasta el 31 de diciembre del respectivo año que se vaya a liquidar. Profe, pero
entró a trabajar el primero de abril y terminó el 30 de junio. Pues le liquidas los días, los meses, cuentas cuántos días, cuántos meses y los días que le falten. Ejemplo, entonces si empezó el
falten. Ejemplo, entonces si empezó el primero de abril y terminó el 30 de junio, entonces abril, mayo, junio, 3 meses, serían 90 días. Y lo mismo aquí en la parte final está la fórmula, el
cálculo, la fórmula matemática que se utiliza para eh realizar el cálculo del del valor de las sesantillas. ¿Sí?
Ahora bien, otra situación. El
trabajador puede retirar susantías cuando en dos oportunidades. Puede hacer
retiro total cuando se ha retirado de la empresa o puede hacer retiros parciales en dos oportunidades o para dos usos de
manera específica. ¿Cuáles son los usos?
manera específica. ¿Cuáles son los usos?
para vivienda, bien sea para compra o vivienda del trabajador, que esté a nombre del trabajador o al nombre de su cónyugue, compañero o compañera permanente. Ese es el primer caso en
permanente. Ese es el primer caso en donde se autoriza el retiro parcial de cesantías. Otro retiro parcial se puede
cesantías. Otro retiro parcial se puede hacer para temas de educación superior, para el trabajador o para su núcleo familiar inmediato, compañero, compañera permanente, cónyugue e hijos. Es para
que tengamos en cuenta qué características tienen las cesantías. Ya
lo señalé. Se tiene en cuenta el último salario devengado por el trabajador.
Profe, pero es que yo trabajo horas extras. Unos meses me llegan 3,000,
extras. Unos meses me llegan 3,000, otros 3,on200, otros 2,700.
Pues cuando tienes un salario variable, variable se tiene que hacer un eh ponderado, un promedio y ese es el valor que te van
a cancelar por Santías. Y si no, pues siempre se va a tener en cuenta el último salario devengado en el último mes. En el caso, por ejemplo, del año
mes. En el caso, por ejemplo, del año pasado del 2025, se tiene en cuenta el salario de diciembre del 2025.
Ahora bien, eh, ¿dónde se consignan el empleador? Ojo con esto, el empleador es
empleador? Ojo con esto, el empleador es un deber, no es si quiere. El empleador
debe consignarlos en el fondo de ese Santías escogido por el trabajador. No
es si se las es que yo yo miro a ver si se las consigna o mejor se las pago y eso no hago yo no hago todas esas vueltas. No,
vueltas. No, tienes que consignarlas tú futuro empleador tienes que consignarlas. Se
deben consignar en el fondo de cesantillías escogido por el trabajador.
¿Hasta cuándo tengo plazo? Cada año se tiene plazo hasta el 14 de febrero.
Hasta el 14 de febrero. Y repito y por eso les coloco en negrilla en la diapositiva, deben ser consignadas.
Deben ser consignadas en el fondo de Santías escogido por el trabajador.
¿Y qué pasa si no las consigno? Pues te
van a sancionar. La ley prevé una sanción por la no consignación de las sesantías. ¿Cuál es la sanción? por cada
sesantías. ¿Cuál es la sanción? por cada
día de retardo un día de salario.
Entonces, si no le consignaste, estamos hoy a 25 de marzo y hoy no le consignas, no le has consignado a tu trabajador o trabajadores las
cesantías, ya eres acreedor a una sanción. Si tenías dos trabajadores, vas
sanción. Si tenías dos trabajadores, vas a pagar una sanción como si tuvieras cuatro, porque le vas a pagar adicional por sanción a cada uno de ellos un día de sanción por la no consignación de las
cesantías en el fondo de cesantías escogido por el trabajador. Pero hay una excepción a esa regla que les estoy señalando. La novedad la trajo la ley
señalando. La novedad la trajo la ley 2466 del 2025.
señaló por allá en el artículo 57, numeral como 12, 13, no me acuerdo el numeral, señala que el empleador puede
pagarle de manera directa al trabajador sin consignar las cesantías en el fondo de cesantías. Sío, sí, el trabajador
de cesantías. Sío, sí, el trabajador utiliza las cesantías para estos usos autorizados, es decir, para vivienda o educación.
Pero, ¿cómo va a saber el empleador si las utiliza o no? Pues para eso el empleador, aquí lo digo aquí lo digo de digamos que de acuerdo a una política
interna le puede exigir a los trabajadores le demuestre ese trabajador al empleador que las cesantías van a ser utilizadas en los usos autorizados en el caso de la
vivienda para compra mejora o en el caso estudio para educación superior de sus núcleo familiar inmediato.
Entonces, esa es la única excepción. La
única excepción. De resto, si tú no te quieres enredar, consigna las sesantías.
Ah, pero es que el trabajador me dijo que se la que se las pagara, que eso no se las consignara, que eso mejor así. No
te metas en ese problema porque te van a sancionar. Y esa sanción es carísima.
sancionar. Y esa sanción es carísima.
Es carísima. Es un día de salario y por cada día retardo. Eso es caro, costoso.
Entonces, es para que lo tengan en cuenta. ¿Me entendieron las cesantías?
cuenta. ¿Me entendieron las cesantías?
Sí, señor profe.
Gracias. Vamos a seguir a ver con otra.
Nos quedan ya. Intereses a las cesantías. Otra prestación social.
cesantías. Otra prestación social.
¿Qué son los intereses a las esantías?
Es un pago directo que se le hace a quién, al trabajador. Estas sí se le pagan directamente al trabajador. Y el
la y la tasa o el interés reconocido es el 12% anual. sobre el saldo acumulado.
Voy a colocar un ejemplo. Si yo el año pasado me gané en el año 2025 3,000000es de pesos y ese es el último salario que devengué para este año 2026, misantías
van a ser de 3 millones de pesos y mis intereses a misantías van a ser el 12% de esos 3 millones de pesos. ¿Y por qué
el 12% y no otra cifra? ¿Por qué ustedes creen o para qué se definió ese 12%?
se definió o se estableció para lo que señalo aquí en la diapositiva.
Esta esta eh prestación social está diseñada para proteger el poder adquisitivo del trabajador.
En otras palabras, 3 millones de pesos que me van a consignar en el fondo de Santías no van a ser los mismos hoy que dentro de 10 años. Entonces ese 12% es
un reconocimiento a esa pérdida del valor adquisitivo de la moneda, ¿no?
Cada año las cosas van subiendo en virtud de la inflación y del IPC, el índice de precios al consumidor. Es muy
importante tenerlo en cuenta. La fecha
límite para el pago de esta prestación social, 31 de enero de cada año. 31 de
enero de cada año. Y la fórmula matemática es bastante sencilla.
Únicamente hay que tener en cuenta pues cuánto es el valor de las esantías que se le van a cancelar a ese trabajador y se multiplica por el 12% y ahí está el
valor de los intereses a las esantías.
Eh, esa es otra prestación social. Vamos
a mirar otra.
La dotación pena una pregunta. Sí, Andrés,
una pregunta. Sí, Andrés, es que no sé si estoy mal informada, pero eh creo que iba a salir una ley eh que permitía que las cesantías fueran
consignadas directamente a la cuenta de los trabajadores. No sé si todavía está
los trabajadores. No sé si todavía está si ya está o todavía no la han sacado.
No, Andrea, yo lo lo acabé de explicar, lo acabé de explicar. Mira, cuando
expliqué las sesantías dije, el empleador debe sí o sí consignar las sesantías en el fondo de cesantías escogidos por el trabajador. Lo debe
consignar. Si no, se gana una sanción de un día de retardo por cada día retardo un día de salario. Pero por eso aquí coloqué un asterisco, una flechita, un
una estrellita, perdón. Dije, hay una novedad en la reforma del 2025, de acuerdo a la ley 2466. ¿Cuál es la novedad?
Que se le autoriza al empleador pagarle al trabajador de manera directa, sin consignarlas en el fondo de cesantías,
las cesantías, pero sí y solo si el trabajador utiliza esasantías para estos usos, es decir, para vivienda y
educación, no más.
No, no. Eh, consígneme las sesantías mejor a mi cuenta, jefe. Consígnemelas a
mi cuenta, que es que tengo una culebra por matar o es que tengo una deudita por ahí, es que tengo que pagar la tarjeta
de crédito. Consígnemelas.
de crédito. Consígnemelas.
No, únicamente se pagan por parte del empleador al trabajador de manera directa las cesantías solo para vivienda y para educación. Y cómo se tiene en cuenta esto de acuerdo a las políticas
internas que establezca la compañía.
¿Qué pasa entonces? La compañía tiene que diseñar una política interna y decirle a los trabajadores lo que yo les estoy diciendo. ¿Ustedes quieren que les
estoy diciendo. ¿Ustedes quieren que les pague las santías de manera directa su cuenta? Ay, sí, sí, por favor. Ah,
cuenta? Ay, sí, sí, por favor. Ah,
bueno. Entonces, únicamente para vivienda y para educación. cuando sea
vivienda me traen estos estos documentos que son los mismos que pide el fondo de cesantías o para educación estos documentos que son los mismos que pide el fondo de cesantías. ¿Por qué? Porque
el empleador si lo audita el Ministerio de Trabajo y se da cuenta que le estás consignando las esesantías a los trabajadores solo para evitarte el
trámite de consignarlas y no llevas un control y no son utilizadas las esantías para estos dos casos autorizados que estoy señalando aquí en pantalla.
sino que para pagar la tarjeta de crédito, entonces se mete en un problema ese empleador, se va a meter en un problema.
Sí, profe, una pregunta y una novedad. Si si
de pronto llegan a a gritar eh la empresa y encuentran que en cu 5 años
anteriores el mismo empleado, como por decirlo así, como mala práctica, le hacía conejo a la empresa que todos los años sacaba las cesantías
que para mejora de vivienda y siempre colocaba la la misma casa, que es porque la casa de mi mamá y y ellos van y, o sea, ellos tienen la potestad de revisar
ese caso y pueden sancionar la empresa por ese motivo, o sea, por dejar que el trabajador siempre sacara las cesantías para esa misma mejora de la casa, por ejemplo.
Hipotéticamente sí podrían hacerlo, sí podrían revisar la documentación y revisar de que, uy, pero es que este trabajador ya hizo hasta el séptimo piso porque ha mejorado la vivienda en los
últimos 4 o 5 años y ha sacado seesantías para mejora de vivienda.
Entonces y van y miran y pueden determinar hacer una visita donde está donde reside el trabajador y la casa es de un piso.
Entonces ahí hay un o hay un fraude indudablemente y una y una falta de verificación por parte del empleador.
Por eso, repito, la ley, la novedad de la de la reforma de la ley 2466 dijo que claro, el empleador puede hacer el pago directo al trabajador, pero solo para
que sean utilizadas esas esantías en estos usos autorizados. Discúlpenme que
estoy aquí con el mouse del del portátil y casi no puedo aquí. Pero entonces solo para esos
puedo aquí. Pero entonces solo para esos usos autorizados, para vivienda o educación. Vivienda o educación. Y es
educación. Vivienda o educación. Y es
deber de ese empleador verificar que se utilicen esos recursos en ello. Porque
si el trabajador, vuelvo y repito, ¿para qué están diseñadas las cesantías? Las
cesantías están diseñadas para que el trabajador tenga un colchón, un ahorro al momento en que quede cesante, en que quede sin trabajo, se termine el vínculo laboral,
etcétera, etcétera, etcétera. Para eso
están diseñadas las cesantías, no es para que se los gaste en cualquier cosa.
Y repito, los retiros parciales pueden darse solo en estos usos autorizados.
¿Quedó claro, Andrea?
Sí, sí, señor. Gracias, profe.
Bueno, y Sergio, ¿quedo claro?
Total, profe. Gracias.
Bueno, eh ya hablamos de ahora vamos a hablar rápidamente de la dotación.
¿Qué requisitos o quiénes tienen qué trabajadores tienen derecho a la dotación? tienen derecho a la dotación
dotación? tienen derecho a la dotación eh aquellos trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos y tengan en la empresa una antigüedad de más de 3
meses. Eso dice el Código Sustantivo del
meses. Eso dice el Código Sustantivo del Trabajo. Dice que se deben hacer tres
Trabajo. Dice que se deben hacer tres entregas cuatrimestrales.
Cuatrimestrales. Una el 30 de abril, otra el 31 de agosto y otra el 20 de diciembre. ¿Y qué tienen que tener esa
diciembre. ¿Y qué tienen que tener esa dotación? pues va tiene que tener como
dotación? pues va tiene que tener como contenido ¿cierto? como
contenido ¿cierto? como componente de esa dotación, pues calzado y vestido apropiado para realizar la labor para la cual es contratada.
En la parte inferior de la diapositiva les digo, oiga, ¿está prohibido pagar en dinero? Y sí, efectivamente, eso está
dinero? Y sí, efectivamente, eso está prohibidísimo. No puedes pagarle al
prohibidísimo. No puedes pagarle al trabajador. Entonces, te pago de te voy
trabajador. Entonces, te pago de te voy a consignar 200,000 pesos por pago a la dotación. Fírmame aquí este documento y
dotación. Fírmame aquí este documento y que tienes entonces eh como parte de en pago la dotación del mes eh de este cuatrimestre de abril y el trabajador
pues recibe la plata, pero no va a comprar la dotación y entonces con qué va a trabajar y simplemente el trabajador, el dinero que una empresa le de a un trabajador, ¿sí?
máxime cuando cuando hay una prohibición como en este caso y que supuestamente el empleador se la dio al trabajador que para que comprara la dotación y el trabajador no la compró, pues el trabaj el empleador no puede después ir a
sancionarlo porque lo primero que va a decir es que eso está prohibido. Usted no le puede dar plata en pago de dotación al empleador, usted tiene que darle la dotación.
Ahora, unos empleadores lo que hacen es cosa diferente.
Van a un almacén como por ejemplo Coach o esos almacenes que venden eh suministros de ropa de trabajo, ropa
para industrias y dicen, "Yo le voy a pagar a usted 20 millones de pesos y usted me da 20 millones de pesos en bonos."
bonos." Entonces, con esos bonos lo que hago es repartirle a los trabajadores y les digo, "Vaya y reclame con este bono en valor de 200,000 pes dotación en tal
punto que allá le van a entregar pues en valor de 200,000 pes lo que le corresponda eh en relación con la con el cansado y vestido propio para labor."
Eso sí lo pueden hacer. Lo que no pueden hacer es darle el dinero directamente, por favor, para que lo tengan en cuenta.
Falta otra prestación social que no es una prestación social propiamente, sino que es un descanso remunerado. Por eso
lo coloco ahí. vacaciones, ese es un descanso remunerado. Yo le enseño
descanso remunerado. Yo le enseño siempre como una prestación social para que a los eh estudiantes les quede más fácil de entender, pero realmente
jurídicamente las vacaciones no son una prestación social, son un descanso remunerado. Está descansando, sí tiene
remunerado. Está descansando, sí tiene descanso, tiene derecho al descanso.
¿Cuándo tiene derecho al descanso?
Cuando cumpla un año de trabajar.
Entonces, por cada año de trabajo tiene derecho a 15 días hábiles por año trabajado.
15 días hábiles por año trabajado. En
materia laboral, ¿cuántos días de la semana son laborables en materia laboral? Yo ya les había explicado.
laboral? Yo ya les había explicado.
¿Alguien recuerda?
Perdón, profe, ¿me me puede repetir?
Disculpe.
Sí. En materia laboral, en materia laboral, ¿cuáles son los días o cuántos días son laborables en la semana?
5 días y medi sábado.
No, no 5 días de lunes a a sábado. De
lunes a sábado son se días. De lunes a sábado son 6 días. Y efectivamente
tienes la razón.
Pero serían 5 días y medio día del sábado, que serían 5 días y medio, por decirlo así.
Okay, Silvia, estamos de acuerdo. Muy
bien. Pero en todo caso, para efectos de contabilización de tiempo de días laborables, se contabiliza del día lunes al día sábado. Esos son los días
laborables. Es decir, una semana tiene
laborables. Es decir, una semana tiene seis días laborables y uno de descanso.
Eso dice la ley, eso dice el código sustantivo del trabajo. Entonces,
cuando tú sales a vacaciones, tienes derecho al disfrute de 15 días hábiles por año. 15 días hábiles, así dice el
por año. 15 días hábiles, así dice el código, 15 días hábiles. Pero, ¿cuáles
son esos días hábiles? Pues contabilizas
de lunes a sábado y excluyes los domingos y festivos. No cuentan los domingos y festivos porque no son laborables. Entonces ahí se amplía un
laborables. Entonces ahí se amplía un poquito más que casi que llegando a los 20 días efectivos los de descanso del trabajador.
Pero, profe, yo puedo trabajar 2 años sin sin parar, sin ningún problema y yo lo he hecho. Yo he acumulado. ¿Puedo
acumular? Sí, se pueden acumular. Se
pueden acumular máximo por 2 años.
Máximo por 2 años. Pero y como lo señalo aquí, en todo caso el empleador está obligado,
no si quiere, está obligado a sacar a ese trabajador mínimo por año 6 días.
Es que el trabajador me dijo que no quería y mira, aquí tengo la carta donde dijo que no quería salir a vacaciones este año. No importa, tu deber y el
este año. No importa, tu deber y el código sustantivo del trabajador sí lo señala es sacar a ese trabajador mínimo 6 días a vacaciones por año. Los otros 9 días sí los puede aplazar, pero mínimo
por año tienes que sacar los 6 días obligados, sí o sí. Sí o sí. Pueden ser
continuos o discontinuos, no hay ningún problema. El hecho es que tienes que
problema. El hecho es que tienes que sacar los 6 días a vacaciones por año.
Eso dice la ley. No se metan en un problema cuando ustedes sean futuros eh tecnólogos empresariales. Si los el
tecnólogos empresariales. Si los el problema es que mire, esos problemas, ¿cuándo se dan? ¿Cuando los auditan o cuando el trabajador coloca la queja? Y
van y los auditan y le dicen, "Venga, tráigame los reportes de los trabajadores que han salido en vacaciones." Y usted lleva los reportes
vacaciones." Y usted lleva los reportes y resulta que el trabajador lleva 3 años sin salir a vacaciones ni un día.
Pues que por qué, pues es que él ha solicitado, yo tengo aquí las cartas de aplazamiento, pero venga, el código sustantivo del trabajo señala que usted tiene que garantizar por lo menos 6 días
de descanso de vacaciones por año elaborado a ese trabajador. Así el
trabajador no quiera salir, así las quiere aplazar. Entonces es muy
quiere aplazar. Entonces es muy importante tener en cuenta esto.
Hay otra situación también que se pueden dar y es que se pueden compensar en dinero. Es decir,
dinero. Es decir, cuando el trabajador descansa la mitad del tiempo y la otra mitad del tiempo estando en vacaciones
va a trabajar y le pagan. Adicional de
sus vacaciones, le pagan esos días. Solo
se pueden compensar hasta las hasta los 7 puncho. Hasta la mitad hasta 7.5. 5
7 puncho. Hasta la mitad hasta 7.5. 5
días de vacaciones se pueden compensar, no más. Ay, es que yo salí a vacaciones
no más. Ay, es que yo salí a vacaciones 5 días este año, los otros días los compensé, eso no se puede. Si te auditan a ti, empleador, te van a sancionar, entonces no se metan en un problema. Eso
tiene que ser por escrito, por favor, por escrito. Y la fórmula, la fórmula
por escrito. Y la fórmula, la fórmula para realizar la liquidación de las vacaciones está aquí señalada. Y fíjense
que por eso, como lo señalamos anteriormente y lo dijo en su momento Andrea, creo que fue la que dijo, eh, salario cuando estamos en vacaciones, pues corresponde únicamente al salario
sin auxilio, sin auxilio de transporte.
¿Por qué? Pues porque el auxilio de transporte no me lo van a pagar porque estoy en vacaciones, ¿sí? No estoy
trabajando. Entonces, por eso las vacaciones se liquidan. Salario por días trabajados dividido en 720. ¿Por qué en
720? Pues porque como no vas a salir, no
720? Pues porque como no vas a salir, no vas a salir 30 días a descansar, ni te van a pagar los 30 días, sino 15 días,
por eso se divide en 720 en el doble. Es
para que lo tengan en cuenta. En el
doble del tiempo.
Claros hasta acá.
Sí, señor. Señor,
eh, voy a vamos a dejar aquí, voy a explicar esta tablita rápidamente y vamos a dejar hasta acá para que ustedes tengan en cuenta. El sistema de seguridad social integral en Colombia,
yo ya lo he señalado varias veces en este curso, en esta en esta materia, la cuando hablemos de seguridad social en Colombia, siempre nos estaremos refiriendo a tres aspectos: salud,
pensión y riesgos laborales. Cada uno,
cada uno de ellos prestados por una entidad diferente. En materia de salud,
entidad diferente. En materia de salud, quien da esa cobertura son las famosas EPSs, las entidades promotoras de salud.
En materia de pensión, quien hace el cubrimiento bien puede ser o hay en ese tema de pensión hay dos regímenes, el régimen de prima media y el de régimen de ahorro individual. El de prima media
lo administra el componente público que es col pensiones y el régimen de ahorro individual lo administran los fondos privados de pensiones. ¿Sí? Entonces,
dependiendo en qué régimen te encuentres, la pensión te la cubren o el fondo público o el fondo privado. Y en
materia de riesgos laborales, ¿quién cubre? La entidad que cubre esto es la
cubre? La entidad que cubre esto es la administradora de riesgos laboral laborales, que es una aseguradora que es una aseguradora. Entonces, es
para que tengan en cuenta los aportes están ahí en la tabla distribuidos. En
materia de salud se cotiza el 12.5% 5% sobre el salario del trabajador, el 8.5 5 lo paga el empleador y el 4% del trabajador. En pensión se paga el 16, el
trabajador. En pensión se paga el 16, el 12% lo paga el empleador, el 4% lo paga el trabajador y en riesgos laborales puede ser variable en virtud de la
actividad desempeñada por el trabajador.
No es lo mismo el que trabaja en horario de oficina, en una oficina, el riesgo que corre en relación como por ejemplo los trabajadores que trabajan en minería, el riesgo es mucho más alto en
relación pues con su salud. Entonces, en
virtud de ello, esa variabilidad se divide en cinco cinco riesgos, en cinco niveles de riesgo. Riesgo uno, riesgo dos, riesgo tres, riesgo cuatro y riesgo cinco. Así se dividen los riesgos
cinco. Así se dividen los riesgos laborales. Entonces, dependiendo de la
laborales. Entonces, dependiendo de la actividad realizada, desempeñada por el trabajador, se paga. Hay una tabla que empieza desde el 0.52%
al riesgo más alto, que es el 6.960%.
¿Quién paga esa esa cotización? la paga
100% el empleador. 100% el empleador.
En la parte de abajo de la diapositiva les doy dos eh aspectos que se deben tener en cuenta al momento de hacer las liquidaciones laborales y al momento de tener en cuenta cuando ustedes tengan
trabajadores. El tema de la base de
trabajadores. El tema de la base de cotización, el IBC.
Entonces eh el IBC, que es lo que yo le reporto a estas entidades, a salud, a pensión y a riesgos laborales, se liquida sobre el
100% del salario, cuando los salarios son iguales o menores a 13 salarios mínimos legales, mensuales vigentes. Sí,
si los salarios o una persona gana un salario integral, ¿sí?
O un poco más de un poco más. Hay
personas que ganan mucho dinero en Colombia, unos trabajadores muy muy específicos que pueden ganar más de 13 salarios mínimos. Estas personas que
salarios mínimos. Estas personas que ganan ese salario integral se le liquida sobre el 70% del salario total. Si ganas
20 salarios mínimos, te van a tener, te van a liquidar para eh seguridad social sobre el 70% de ese salario. En este
tema se incluyen los pagos que todos los pagos que constituyen salarios, que ya los vimos, las comisiones, bonificaciones en retribución a la labor desempeñada para que lo tengan en cuenta y las bonificaciones que se pacten
expresamente en el contrato de trabajo y que se paguen de manera habitual.
El auxilio de transporte no es base para liquidar salud y pensión. Ya lo habíamos dicho también. Ahora hay que tener en
dicho también. Ahora hay que tener en cuenta en la parte inferior derecha un aporte adicional a pensión a un fondo que se llama el fondo de solidaridad para aquellos trabajadores que ganen un
salario igual o superior a cuatro salarios mínimos. Ese alaro, es ese
salarios mínimos. Ese alaro, es ese aporte es progresivo de acuerdo al salario del trabajador. Empieza a los trabajadores que ganan entre 4 y 16
salarios mínimos, el aporte al fondo de solidaridad es del 1% y aquellos trabajadores que ganen igual o superior a 20 salarios mínimos, el aporte al
fondo de solidaridad es del 2% sobre ese salario. Es aspectos para que ustedes
salario. Es aspectos para que ustedes tengan en cuenta. Preguntas hasta aquí.
Un momento. No, profe, gracias.
No profe gracias.
Bueno, creo que vamos a dejar así por hoy. Eh, vamos a dejar así por hoy. Eh,
hoy. Eh, vamos a dejar así por hoy. Eh,
con este tema concluimos el apartado de e de derecho laboral. lo traté de ser pas que el derecho laboral es demasiado
amplio, siempre se los he dicho y es muy complejo entrar a abarcarlo todo, pero bueno, he tratado de resumir de la mejor manera. Nos quedan dos tutorías y
manera. Nos quedan dos tutorías y recuerden que para el 15 de mar, 15 de abril, perdón, queda el último producto de ustedes que es el informe en cazas
paso para la creación de una empresa.
Eh, en la próxima tutoría vamos a hablar de cómo presentar ese producto para que pues tengan la guía clara y no se pierdan en cómo lo pueden desarrollar.
Eh, vamos a dejar así entonces por hoy.
Muchas gracias por su asistencia y nos vemos en la próxima tutoría. Feliz
semana. Feliz fin de semana.
Gracias profe.
Buenas noches, profe. Buenas noches.
profe. Buenas noches.
Gracias. Igual
Gracias. Igual
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